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Abogadas advirtieron sobre los desafíos de aplicar la Ley Penal Juvenil en Santiago

Las abogadas Lara Lucatelli Perren y Rocío Cejas visitaron ADN de Radio LV11 para analizar el nuevo régimen penal juvenil, la responsabilidad desde los 14 años y los desafíos de su aplicación. Ambas destacaron la importancia de la educación y la contención.

Abogadas advirtieron sobre los desafíos de aplicar la Ley Penal Juvenil en Santiago
Las abogadas Lara Lucatelli Perren y Rocío Cejas visitaron ADN de Radio LV11 para analizar los cambios del régimen penal juvenil.

La responsabilidad penal de los adolescentes volvió a ocupar un lugar central en el debate público argentino. La reducción de la edad de imputabilidad, las sanciones previstas para quienes cometen delitos y el papel de la educación en la prevención fueron algunos de los temas abordados durante una entrevista en ADN de Radio LV11.

Las abogadas Lara Lucatelli Perren y Rocío Cejas visitaron los estudios del programa para analizar los cambios introducidos por la Ley 27.801, identificada durante la conversación como el nuevo régimen penal juvenil.

En diálogo con la conductora Julia, las profesionales explicaron las principales diferencias respecto de la normativa anterior, las medidas alternativas a la prisión y las particularidades que deben tenerse en cuenta cuando una persona menor de edad atraviesa un proceso penal.

Ambas coincidieron en que, más allá de la discusión sobre las sanciones, la prevención, el acompañamiento familiar y la educación resultan fundamentales para evitar que los adolescentes entren en conflicto con la ley.

También hicieron referencia a los desafíos que plantea la implementación del régimen en Santiago del Estero, particularmente en relación con la especialización de los operadores judiciales y los espacios destinados a adolescentes.

Qué cambia con la nueva Ley Penal Juvenil

Al comenzar la entrevista, Lara Lucatelli Perren explicó que uno de los cambios más importantes de la normativa es la reducción de la edad a partir de la cual puede atribuirse responsabilidad penal.

Según detalló, el nuevo régimen contempla a los adolescentes desde los 14 años, mientras que el sistema anterior establecía, como regla general, la punibilidad a partir de los 16.

“La gran diferencia es que es una ley que empieza a contemplar a los menores desde los 14 años como sujetos del derecho penal y pasibles de obtener una pena”, sostuvo Lucatelli Perren.

La abogada señaló que la modificación representa un cambio significativo en la manera de abordar las conductas delictivas cometidas por adolescentes.

Por su parte, Rocío Cejas recordó que los instrumentos internacionales de protección de derechos consideran niños a todas las personas menores de 18 años.

En consecuencia, remarcó que cualquier intervención del sistema penal debe contemplar las características propias de esa etapa de la vida.

“Estamos hablando de niños, niñas y adolescentes que van a ser pasibles de una sanción penal”, expresó.

Cejas advirtió que no solamente debe analizarse la pena que eventualmente pueda imponerse, sino también el impacto que un proceso judicial puede tener sobre la vida de un adolescente.

“El derecho penal no está para educar a nadie”

Uno de los momentos más destacados de la entrevista surgió cuando las profesionales analizaron los objetivos de la nueva normativa.

Lucatelli Perren explicó que el régimen contempla medidas orientadas a la responsabilización y reinserción social de los adolescentes.

Sin embargo, Cejas planteó una reflexión sobre el alcance que debe tener el derecho penal.

“El derecho penal no está para educar a nadie. El derecho penal está para sancionar conductas que están tipificadas en el Código Penal y en leyes penales especiales”, sostuvo.

La abogada consideró que el debate también debe centrarse en las condiciones sociales que llevan a un adolescente a entrar en conflicto con la ley.

Desde su perspectiva, la intervención penal aparece cuando otros mecanismos de acompañamiento y prevención no han logrado evitar determinadas conductas.

Por eso, insistió en que el objetivo principal debería ser evitar que los menores lleguen al sistema penal, en lugar de concentrar toda la discusión en las penas que podrían recibir.

Qué sanciones contempla el régimen penal juvenil

Durante la entrevista, las profesionales explicaron que la nueva normativa establece una serie de medidas que pueden aplicarse según las características y la gravedad de cada caso.

La privación de la libertad aparece como una de las respuestas más severas, pero no como la única alternativa.

Medidas mencionadas por las abogadas

  • Amonestaciones: advertencias formales sobre las consecuencias de la conducta.

  • Prohibiciones de acercamiento o contacto: restricciones destinadas a proteger a otras personas.

  • Restricciones de circulación: medidas que pueden limitar determinadas salidas o desplazamientos.

  • Prohibición de conducir: una posibilidad mencionada especialmente para casos vinculados con hechos de tránsito.

  • Reparación del daño: mecanismos orientados a responder por las consecuencias del hecho, cuando resulten procedentes.

  • Monitoreo electrónico: medidas de control bajo las condiciones que correspondan.

  • Privación de la libertad: una respuesta de mayor gravedad, sujeta a requisitos y modalidades especiales.

Cejas destacó como un aspecto positivo la existencia de medidas que permiten intervenir sin recurrir directamente al encierro.

Como ejemplo, explicó que una amonestación puede consistir en una audiencia ante un juez especializado, con participación de los operadores judiciales correspondientes y, según el caso, de los responsables del adolescente.

El propósito es que el menor comprenda las consecuencias jurídicas de su conducta.

“Lo positivo de esta ley es el hecho de que fija sanciones previas a la privación de la libertad”, remarcó.

¿Un adolescente de 14 años puede recibir una pena de prisión?

Otra de las preguntas planteadas durante la entrevista estuvo relacionada con las consecuencias más severas del nuevo régimen.

Lucatelli Perren explicó que la normativa contempla la posibilidad de imponer penas privativas de libertad, aunque bajo condiciones distintas de las previstas para las personas adultas.

Según indicó, la pena máxima contemplada es de 15 años, mientras que la prisión perpetua se encuentra excluida para los adolescentes.

También mencionó diferentes modalidades de cumplimiento, entre ellas el arresto domiciliario y los establecimientos especializados.

Las profesionales insistieron en que los menores no deben compartir establecimientos penitenciarios comunes con personas adultas.

Cejas agregó que la gravedad del delito y las circunstancias del caso son elementos centrales al momento de determinar qué medidas corresponden.

En este sentido, ambas remarcaron que la aplicación de una sanción no debe interpretarse como una consecuencia automática ante cualquier denuncia.

Cada hecho requiere investigación, intervención judicial y respeto por las garantías del debido proceso.

Santiago del Estero y el desafío de contar con espacios especializados

Uno de los puntos de mayor interés provincial fue la situación de Santiago del Estero frente a la implementación del régimen.

Las abogadas señalaron que la aplicación de la normativa exige contar con jueces, fiscales, defensores y otros profesionales especializados en justicia penal juvenil.

También hicieron referencia a la importancia de disponer de instituciones preparadas para trabajar con adolescentes que atraviesan situaciones de conflicto con la ley.

Durante la conversación mencionaron a Nexo como un espacio de abordaje y rehabilitación que puede resultar relevante dentro de la estructura provincial.

Sin embargo, Cejas advirtió que, según la información que manejaba al momento de la entrevista, la provincia no contaba con un centro de detención especializado para adolescentes en los términos que requiere el nuevo sistema.

“Hay que ver cómo se aplica esta ley”, señaló.

La profesional explicó que, además de las disposiciones nacionales, cada jurisdicción debe organizar los mecanismos necesarios para llevar adelante los procedimientos correspondientes.

Por ese motivo, consideró importante la capacitación de los operadores judiciales y la planificación de los recursos institucionales.

La figura del supervisor y el acompañamiento de los adolescentes

Otro aspecto que destacaron las invitadas fue la incorporación de mecanismos de supervisión.

Cejas explicó que el régimen contempla la participación de personas capacitadas para acompañar y controlar el cumplimiento de determinadas medidas.

Estos profesionales pueden intervenir en el seguimiento del adolescente y colaborar con su proceso de reinserción.

La abogada consideró que esta figura representa un elemento positivo, ya que permite pensar la intervención judicial más allá de una sanción.

Según explicó, la supervisión debe tener en cuenta el entorno familiar, educativo y social de cada menor.

En ese sentido, sostuvo que la responsabilidad del Estado no termina con la imposición de una medida, sino que también debe contemplar el acompañamiento necesario para evitar nuevas situaciones de conflicto con la ley.

¿Bajar la edad de imputabilidad puede reducir la delincuencia juvenil?

La conductora también consultó a las abogadas si consideraban que la reducción de la edad de imputabilidad podría contribuir a disminuir los delitos cometidos por adolescentes.

Ambas expresaron sus reservas.

Lucatelli Perren señaló que, desde su perspectiva, la modificación por sí sola no alcanzará los resultados esperados.

“No creo que vaya a ser el resultado que busca la ley, porque no dejamos de hablar de niños. Catorce años es un niño que recién está ingresando al secundario”, afirmó.

La profesional consideró que los adolescentes necesitan herramientas educativas, contención y acompañamiento para evitar situaciones que puedan derivar en un proceso penal.

Cejas coincidió con esa mirada y sostuvo que el derecho penal no debería ser considerado el principal instrumento de prevención.

“Lo que previene el delito es la educación, lo que previene el delito es la familia, es la contención”, expresó.

Se trata de las valoraciones de las entrevistadas sobre una discusión que continúa generando diferentes posiciones en el ámbito jurídico, político y social.

La importancia de proteger la identidad de los menores

Durante la entrevista, Cejas también puso el foco en las garantías y derechos de los adolescentes sometidos a un proceso penal.

Recordó que la protección de la identidad resulta especialmente importante para evitar la exposición pública y la estigmatización.

La abogada advirtió que atravesar una investigación penal puede tener consecuencias personales y sociales, incluso cuando el procedimiento se desarrolla bajo un régimen especializado.

Por ese motivo, destacó la necesidad de resguardar los datos, imágenes y cualquier otra información que permita identificar a los menores involucrados, conforme a las disposiciones legales aplicables.

La profesional insistió en que el tratamiento judicial de adolescentes debe contemplar su condición de personas en desarrollo.

Qué pasa con las conductas de menor gravedad

En el tramo final, Cejas buscó explicar por qué considera importante que padres, docentes y adolescentes conozcan el alcance de las normas penales.

Para ilustrarlo, mencionó situaciones cotidianas, como apropiarse de objetos ajenos, ingresar sin autorización a una propiedad o participar en una pelea.

Su planteo apuntó a mostrar que determinadas conductas pueden tener consecuencias jurídicas dependiendo de las circunstancias.

No obstante, no toda discusión escolar, conflicto entre compañeros o ingreso a una propiedad constituye automáticamente un delito.

Para que exista responsabilidad penal deben reunirse los elementos exigidos por la legislación y acreditarse las circunstancias del hecho.

Las abogadas coincidieron en que informar a los adolescentes sobre sus derechos y responsabilidades puede ayudar a prevenir conflictos.

El mensaje de las abogadas a las familias y docentes

Antes de despedirse, ambas profesionales destacaron que la información es una herramienta fundamental para afrontar los cambios en la justicia penal juvenil.

Cejas consideró necesario que los adolescentes conozcan las consecuencias de sus actos, pero también que los adultos comprendan el funcionamiento del sistema.

“Lo importante aquí es la información. La información a estos menores, la información a los papás de estos menores”, señaló.

Lucatelli Perren, por su parte, hizo hincapié en la responsabilidad compartida de las familias, las instituciones educativas y la sociedad.

“Como sociedad tenemos que acompañar. Es importante informarse, no solo los padres, los docentes también, ser la contención que necesita el niño”, expresó.

La visita de Lara Lucatelli Perren y Rocío Cejas a ADN de Radio LV11 permitió abordar una temática que excede la discusión sobre la edad de imputabilidad.

Para las profesionales, el desafío consiste en encontrar un equilibrio entre la responsabilidad por las conductas delictivas, la protección de los derechos de los adolescentes y las políticas de prevención que permitan evitar su ingreso al sistema penal.

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