La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) oficializó la Disposición 381/2026, mediante la cual impuso serias limitaciones al tránsito de transporte pesado en diversos corredores viales del país. La medida operativa fue establecida en el marco del operativo de seguridad y movilidad desplegado por la histórica visita de Su Santidad el papa León XIV a la República Argentina.
El organismo nacional precisó que la potestad ejecutiva de esta restricción es exclusiva de su jurisdicción. Por su parte, Vialidad Nacional emitió un informe con recomendaciones preventivas dirigidas a conductores particulares, instando a planificar los itinerarios con antelación y consultar los reportes del estado de las calzadas antes de emprender viaje.
Tramos afectados y franjas horarias
Las limitaciones para el transporte de carga se aplicarán de manera corrida entre las 6:00 y las 22:00, en ambos sentidos de circulación. Las zonas alcanzadas quedaron segmentadas de acuerdo a los principales puntos de concentración de fieles.
En la región de CABA y Luján, las restricciones se extenderán hasta el 11 de noviembre e incluyen a la Ruta Nacional 9 (tramo Campana - Avenida General Paz), Ruta Nacional 8 (Peaje Larena en Pilar - Acceso Norte), Autopista Ezeiza-Cañuelas y Ruta Nacional 205 (Cañuelas - General Paz), Ruta Nacional 1 (Hudson - CABA), Ruta Nacional 5 (entre Chivilcoy y Luján) y la Ruta Nacional 7 (tramos Carmen de Areco - Luján y General Paz - Luján).
En el área de Córdoba, corredor de alto impacto y enlace habitual con el norte del país, los cortes rigen del 8 al 11 de noviembre. Afectan a la Ruta Nacional 19 / RN 9 (Arroyito - Córdoba), Ruta Nacional 9 Norte (San José de la Dormida - Córdoba), Ruta Nacional 60 (Deán Funes - RN 9), Ruta Nacional 38 (Cruz del Eje - Córdoba), Ruta Nacional 36 (Río Cuarto - Córdoba) y la Autopista Rosario-Córdoba / RN 9 (entre Villa María y la capital cordobesa).
Excepciones para evitar desabastecimientos
A fin de no resentir la cadena de suministros esenciales, la normativa actual modificó los esquemas iniciales mediante la incorporación de un listado detallado de vehículos eximidos de la veda temporal.
De este modo, tienen garantizada la libre circulación los transportes dedicados al traslado de carne y derivados, productos alimenticios perecederos y harina de trigo. La nómina de excepciones se completa con camiones de caudales y valores, unidades de transporte escolar, camiones abocados a la recolección de residuos especiales elegibles y vehículos de emergencia o auxilio mecánico.






