Los trámites jubilatorios, los aumentos de haberes y las distintas prestaciones de ANSES suelen generar dudas entre quienes están próximos a jubilarse o ya reciben un beneficio. Términos como movilidad, reajuste, retroactivo, PBU, PC, PAP y PUAM aparecen habitualmente en las consultas, aunque no siempre resulta sencillo comprender qué significan y cómo influyen en los ingresos.
Con el objetivo de acercar información a los santiagueños, la abogada previsional Gimena Storniolo participó este viernes 9 de octubre en una nueva edición de A Primera Hora de Radio LV11, donde desarrolló la segunda parte de su ABC previsional.
Durante la columna, la profesional explicó cómo se calculan los haberes, en qué situaciones puede corresponder un reajuste, qué sucede con los retroactivos y cuáles son las principales diferencias entre una jubilación ordinaria y la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
También respondió preguntas de los oyentes sobre pensiones por discapacidad, el primer aguinaldo jubilatorio y los honorarios profesionales por la realización de trámites ante ANSES.
Qué significa movilidad jubilatoria y cómo impacta en los haberes
Uno de los primeros conceptos abordados fue la movilidad jubilatoria, es decir, el mecanismo mediante el cual se actualizan los haberes de jubilados y pensionados.
Storniolo explicó que los aumentos resultan fundamentales para determinar la evolución de los ingresos previsionales, aunque advirtió que los incrementos recientes son reducidos en términos monetarios.
La profesional también señaló que existe preocupación entre quienes están próximos a jubilarse por la diferencia entre el salario que perciben mientras trabajan y el monto que podrían recibir al retirarse.
Como ejemplo, mencionó la consulta de una bioquímica que se encuentra cerca de cumplir 60 años y percibe un salario aproximado de $1.800.000.
Según la proyección realizada por la abogada para ese caso particular, su jubilación rondaría los $600.000.
El ejemplo, aclaró durante su explicación, surge de un cálculo individual y no significa que todas las personas que cobran ese salario vayan a recibir el mismo haber.
Storniolo vinculó estas diferencias con las remuneraciones registradas durante la vida laboral y con los mecanismos de cálculo establecidos para las prestaciones.
Cabe precisar que, en el régimen general, la movilidad se aplica actualmente mediante actualizaciones mensuales vinculadas con la inflación, y no mediante aumentos trimestrales.
Qué es un reajuste jubilatorio y cuándo se puede reclamar
Otro de los puntos centrales de la columna fue el reajuste jubilatorio, un procedimiento mediante el cual se busca revisar si el haber que recibe una persona fue correctamente determinado.
Storniolo explicó que existen distintas situaciones que pueden justificar un análisis.
La primera ocurre cuando el haber inicial fue calculado por debajo de lo que correspondía.
En estos casos, el profesional revisa las remuneraciones y los aportes utilizados para determinar la prestación.
La segunda posibilidad está relacionada con la evolución posterior de los haberes y las diferencias que pueden surgir a partir de las actualizaciones aplicadas.
“Controlamos que esa jubilación sea la que te corresponde”, explicó.
Según detalló, para realizar el estudio se revisan las remuneraciones computables, particularmente las correspondientes a los últimos diez años de actividad en los casos alcanzados por ese mecanismo de cálculo.
La abogada remarcó que el objetivo es establecer si existen diferencias que permitan formular un reclamo ante ANSES y, eventualmente, acudir a la Justicia.
Esto no significa que todos los jubilados tengan derecho automáticamente a un aumento: cada situación requiere un análisis de los antecedentes laborales y de la liquidación del beneficio.
Retroactivo de ANSES: qué es y desde cuándo se cobra
El término retroactivo también ocupó una parte importante de la conversación.
Storniolo explicó que se trata de sumas correspondientes a períodos anteriores que se abonan posteriormente, por ejemplo, cuando una jubilación comienza a pagarse después de iniciado el trámite o cuando se reconoce una diferencia de haberes.
En el caso de un reajuste, la profesional indicó que los períodos reclamables pueden variar según la vía administrativa o judicial.
Durante la entrevista, mencionó como referencia un año hacia atrás para determinados reclamos administrativos y dos años en el ámbito judicial, aunque el alcance concreto depende de las normas de prescripción aplicables y de las particularidades de cada expediente.
Por otra parte, explicó que cuando una persona solicita su jubilación y la prestación se concede tiempo después, puede generarse un retroactivo por los períodos que correspondan desde la fecha de inicio del derecho al cobro.
La profesional puso como ejemplo una jubilación solicitada en octubre y liquidada en diciembre.
En una situación de ese tipo, podrían acumularse los importes de los meses transcurridos, siempre que correspondan conforme a la fecha inicial de pago reconocida por ANSES.
También advirtió que las liquidaciones retroactivas pueden incluir descuentos y ajustes.
Qué pasa con los retroactivos de las pensiones
La abogada dedicó un apartado a las pensiones derivadas, que se originan a partir del fallecimiento de una persona jubilada.
Explicó que, en estos casos, es importante revisar desde qué fecha corresponde liquidar la prestación y si existen haberes devengados y no percibidos.
Estos últimos son importes que la persona fallecida había generado en vida, pero que no llegó a cobrar.
Storniolo señaló que también pueden producirse ajustes cuando existen pagos realizados que no correspondían.
La fecha inicial de pago de una pensión y el alcance de los retroactivos dependen de las condiciones y plazos legales del trámite, por lo que recomendó controlar cada liquidación.
Además, mencionó que determinados regímenes especiales, como los docentes y algunas actividades con condiciones particulares, presentan reglas diferentes respecto del inicio del cobro y la continuidad laboral.
PBU, PC y PAP: qué significan las siglas del recibo jubilatorio
El ABC de los conceptos jubilatorios
PBU | Prestación Básica Universal. Componente básico del haber jubilatorio del régimen general, sujeto a los requisitos legales. |
PC | Prestación Compensatoria. Reconoce servicios con aportes anteriores a julio de 1994. |
PAP | Prestación Adicional por Permanencia. Se vincula con servicios aportados desde julio de 1994. |
PUAM |
Pensión Universal para el Adulto Mayor. Prestación destinada a personas de 65 años o más que reúnen las condiciones exigidas. |
Storniolo explicó que conocer estas siglas ayuda a interpretar los recibos y comprender de qué manera se determina el haber.
También señaló que, al realizar un estudio previsional, se revisan los componentes que corresponden según la historia de aportes del trabajador.
Es importante distinguir que no todas las prestaciones ni todos los regímenes especiales se liquidan mediante los mismos componentes.
PUAM: quiénes pueden cobrarla y por qué no es igual a una jubilación
La Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) fue uno de los temas que más explicaciones requirió durante la columna.
Storniolo recordó que se trata de una prestación destinada a personas que no reúnen las condiciones para acceder a una jubilación ordinaria y cumplen los requisitos establecidos.
Uno de los datos fundamentales es la edad: se puede solicitar a partir de los 65 años, tanto para hombres como para mujeres.
La profesional explicó que la PUAM equivale al 80% de la jubilación mínima y que sus titulares cuentan con cobertura de PAMI.
También señaló una diferencia importante respecto de las jubilaciones ordinarias: la PUAM no genera derecho a una pensión derivada para familiares cuando fallece el titular.
Además, advirtió sobre las incompatibilidades de esta prestación con otros beneficios y determinadas actividades.
Por eso, recomendó analizar cuidadosamente la situación de las personas que tienen varios años de aportes, pero todavía no alcanzan los necesarios para jubilarse.
Como ejemplo, mencionó a quienes cuentan con 25 o 28 años de servicios registrados.
En esos casos, según las circunstancias personales y las alternativas legales disponibles, podría resultar conveniente evaluar la posibilidad de completar los aportes faltantes antes de optar por la PUAM.
“Si vos accedés a una PUAM, no podés aportar”, sostuvo durante la entrevista al explicar las incompatibilidades del beneficio.
La posibilidad de trabajar, aportar o transformar una prestación debe verificarse conforme a la normativa vigente y a la situación particular de cada titular.
Pensiones por discapacidad y retiro por invalidez: cuáles son las diferencias
Durante el espacio de consultas, un oyente preguntó por la situación de su hija, quien tiene una discapacidad y había iniciado un trámite de pensión en marzo sin recibir todavía una resolución.
Storniolo explicó que, en su experiencia, existen demoras importantes en determinados expedientes de Pensiones No Contributivas (PNC) por discapacidad.
La profesional también mencionó la posibilidad de evaluar una Asignación Familiar por Hijo con Discapacidad cuando se cumplen las condiciones exigidas.
Se trata de prestaciones diferentes, con requisitos propios, por lo que su eventual compatibilidad debe verificarse en cada caso.
A partir de otra consulta, explicó la distinción entre una pensión no contributiva por discapacidad y el retiro por invalidez.
La pensión no contributiva es una prestación de protección social que no exige aportes jubilatorios previos, aunque sí el cumplimiento de condiciones específicas.
En cambio, el retiro por invalidez pertenece al sistema contributivo y requiere, entre otros requisitos, acreditar una incapacidad laboral del 66% o más y reunir las condiciones de aportante establecidas por la normativa.
Storniolo explicó que, para determinar qué alternativa corresponde, es necesario revisar tanto la situación de salud como la historia laboral del solicitante.
Cómo se calcula el primer aguinaldo de un jubilado
Otro de los oyentes consultó cómo calcular el primer aguinaldo después de obtener la jubilación.
La abogada explicó que el Sueldo Anual Complementario (SAC) se liquida en función del período durante el cual la persona tuvo derecho a percibir el haber.
Por eso, cuando una jubilación comienza durante el semestre, puede corresponder un aguinaldo proporcional.
Por ejemplo, una persona cuyo beneficio se inicia en los últimos meses del año podría recibir en diciembre un importe proporcional al período reconocido.
En cambio, quien cuenta con el beneficio durante todo el semestre puede acceder al medio aguinaldo completo que corresponda según su haber.
La profesional recordó que es importante revisar la fecha inicial del beneficio para comprender el importe liquidado.
Reparación Histórica: aclararon que el aguinaldo no es un bono nuevo
Uno de los momentos más relevantes de la columna estuvo relacionado con la Reparación Histórica, el programa implementado en 2016 para reconocer reajustes de haberes mediante acuerdos con determinados jubilados y pensionados.
Storniolo explicó que algunas personas que ingresaron a ese programa reciben en sus liquidaciones un concepto vinculado con el aguinaldo correspondiente al monto reconocido por Reparación Histórica.
Sin embargo, aclaró que no se trata de un bono extraordinario ni de un beneficio nuevo anunciado por ANSES.
“No es un beneficio, no es un bono nuevo”, remarcó.
La abogada también recordó que los acuerdos de Reparación Histórica incluyeron condiciones relacionadas con los reclamos sobre el haber inicial.
No obstante, sostuvo que existen planteos judiciales vinculados con la actualización posterior de determinados haberes.
Según explicó, su estudio trabaja en reclamos relacionados con la movilidad aplicada a prestaciones que fueron alcanzadas por ese programa.
La procedencia y el resultado de esos reclamos dependen de cada caso y de las decisiones judiciales correspondientes.
Cuánto puede cobrar un abogado por tramitar una jubilación
La columna también incluyó una pregunta sobre los honorarios profesionales por la realización de trámites previsionales.
Storniolo explicó que, según el marco legal que mencionó, los honorarios por determinadas gestiones administrativas pueden alcanzar hasta tres haberes, aunque señaló que habitualmente se acuerdan montos equivalentes a dos.
La profesional aclaró que el importe depende del servicio y del acuerdo entre el abogado y el cliente, dentro de los límites legales aplicables.
En este punto, resulta importante que quienes contraten asesoramiento conozcan previamente los honorarios, las tareas incluidas y las condiciones de pago.
Cómo realizar consultas previsionales en Santiago del Estero
Al finalizar su participación en A Primera Hora, la doctora Gimena Storniolo recordó que recibe consultas relacionadas con jubilaciones, pensiones, reajustes y otros trámites previsionales.
Su estudio se encuentra en Garibaldi esquina Rodríguez, en la ciudad Capital de Santiago del Estero.
Para solicitar un turno, informó el número 3854-381174.
También señaló que realiza consultas virtuales para personas del interior provincial, con el objetivo de evitarles gastos de traslado cuando la situación puede analizarse a distancia.
Los conductores anticiparon que en próximas columnas se profundizará sobre la Reparación Histórica y las pensiones derivadas, dos cuestiones que generan numerosas preguntas entre los oyentes.
La profesional destacó que el propósito de su ABC previsional es ayudar a que las personas comprendan los términos que escuchan al realizar una consulta en ANSES y puedan interpretar mejor la información sobre sus derechos y prestaciones.






