El Gobierno nacional oficializó la eliminación del límite de valor para las exportaciones realizadas mediante el régimen de courier, una medida destinada a potenciar las ventas al exterior de pequeñas y medianas empresas, emprendedores y productores locales. La normativa entró en vigencia este 30 de julio.
La decisión fue instrumentada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a través de la Resolución General 5883/2026, publicada en el Boletín Oficial. Hasta el momento, los envíos simplificados no podían superar un valor FOB de USD 3.000, un tope que obligaba a los exportadores a recurrir al régimen tradicional con mayores costos, plazos extendidos y exigencias administrativas cuando se excedía ese monto.
Desde el Ejecutivo, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, señaló que el límite previo representaba una barrera crítica para el crecimiento de las firmas que buscaban internacionalizarse. Con la nueva normativa, los envíos podrán efectuarse por esta vía sin restricciones de valor, beneficiando directamente a rubros de alto valor agregado y bajo volumen como vinos, alfajores, dulce de leche, libros y productos regionales.
Asimismo, la resolución introduce cambios complementarios orientados a pequeños envíos de importación, simplificando requisitos documentales y eliminando la obligación de consignar la posición arancelaria en determinadas operaciones. Como contrapartida, las empresas prestadoras de servicios postales y de courier deberán conservar la documentación digitalizada por un plazo de cinco años para garantizar la trazabilidad.
Con este esquema simplificado, la administración nacional apunta a dinamizar el comercio exterior y eliminar trabas burocráticas para facilitar el acceso de los productores argentinos a nuevos mercados internacionales sin afrontar los costos de una exportación convencional.






