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Inocencia Fiscal II llega al Senado: quiénes podrían acceder y qué cambiaría con ARCA

El Senado tratará este jueves el proyecto que propone ampliar el Régimen Simplificado de Ganancias y modificar parámetros de control de ARCA. Los funcionarios podrían utilizarlo, pero quedarían fuera de sus principales beneficios.

Inocencia Fiscal II llega al Senado: quiénes podrían acceder y qué cambiaría con ARCA
El Senado tratará este jueves Inocencia Fiscal II, un proyecto que propone ampliar el Régimen Simplificado de Ganancias y modificar diferentes parámetros vinculados con los controles de ARCA.

El Senado se prepara para tratar este jueves el proyecto denominado Inocencia Fiscal II, una iniciativa impulsada por el Gobierno que propone ampliar el Régimen Simplificado de Ganancias y modificar algunos de los parámetros utilizados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) para revisar las declaraciones de los contribuyentes.

Según el material proporcionado, el proyecto ya cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados y obtuvo dictamen favorable en las comisiones del Senado.

Uno de sus principales cambios sería la ampliación del universo de personas habilitadas para ingresar al régimen, mediante la eliminación de los límites actuales de ingresos y patrimonio.

Pero existe otro punto que despertó especial atención durante su recorrido legislativo: qué ocurriría con los funcionarios públicos.

Quiénes podrían ingresar al régimen

Actualmente, según la información suministrada, existen topes de $1.000 millones de ingresos anuales y $10.000 millones de patrimonio para acceder al régimen.

Inocencia Fiscal II propone eliminar ambos límites.

De aprobarse el texto en esos términos, las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país podrían optar por el sistema independientemente de su nivel de ingresos o patrimonio, siempre que reúnan las restantes condiciones previstas.

Esto implicaría una ampliación considerable del universo potencialmente alcanzado por el Régimen Simplificado de Ganancias.

Qué cambiaría en los controles de ARCA

Otro de los puntos centrales es la denominada “discrepancia significativa”.

El concepto resulta importante porque determina bajo qué circunstancias una diferencia entre lo declarado por el contribuyente y lo determinado por ARCA puede hacer caer la presunción de exactitud contemplada por el régimen.

El proyecto establece, entre otros supuestos, que existiría una discrepancia significativa cuando la impugnación genere un incremento del impuesto determinado o una reducción de quebrantos de al menos el 15% respecto de lo declarado.

También se contemplarían situaciones relacionadas con documentación o facturas apócrifas, determinados cómputos improcedentes o diferencias superiores a los parámetros establecidos por el Régimen Penal Tributario.

La modificación buscaría, en términos generales, establecer parámetros más definidos para determinar cuándo una diferencia puede hacer perder las protecciones previstas por el sistema.

Qué significa la “presunción de exactitud”

Este es uno de los puntos fundamentales para entender el proyecto.

Quienes utilicen la declaración simplificada y cumplan las condiciones correspondientes pueden acceder a una presunción de exactitud.

De acuerdo con el esquema descripto, esto permite considerar correctas determinadas declaraciones de Ganancias e IVA correspondientes a períodos no prescriptos, salvo que ARCA detecte alguna de las discrepancias contempladas legalmente.

Inocencia Fiscal II no crearía desde cero este mecanismo, sino que propone modificar su alcance y ampliar el universo de contribuyentes que podría utilizar el régimen.

Qué pasaría con las multas

La iniciativa también incluye modificaciones en materia de sanciones tributarias y regularización.

La versión aprobada por Diputados, según el material suministrado, contempla una reducción del 25% para determinadas multas formales, además de mecanismos especiales con mayores reducciones para quienes regularicen su situación bajo las condiciones previstas.

También existirían disposiciones particulares destinadas a personas humanas, sucesiones indivisas, MiPyMEs y entidades sin fines de lucro.

El alcance definitivo dependerá del texto que finalmente sea sancionado por el Congreso y de su posterior reglamentación.

¿Los funcionarios públicos podrán acceder?

Sí, pero con una diferencia sustancial respecto del resto de los potenciales beneficiarios, de acuerdo con el texto informado.

Los funcionarios públicos podrían utilizar el sistema simplificado para confeccionar su declaración y pagar Ganancias, pero no accederían a sus principales protecciones tributarias.

Esto significa que quedarían excluidos de beneficios como la presunción de exactitud y la liberación de determinadas fiscalizaciones, entre otros contemplados por el régimen.

Esta limitación fue incorporada durante el tratamiento parlamentario.

Qué cambiaría concretamente si se aprueba

De recibir la aprobación del Senado sin modificaciones, el proyecto produciría varios cambios respecto del esquema actual.

Se eliminarían los límites de ingresos y patrimonio para ingresar al régimen simplificado; se establecerían nuevos parámetros para determinar cuándo existe una discrepancia significativa; continuarían mecanismos como la presunción de exactitud para quienes cumplan los requisitos y se incorporarían modificaciones sobre determinadas multas y regularizaciones.

Los funcionarios públicos, por su parte, podrían utilizar el mecanismo simplificado para presentar y pagar Ganancias, pero no quedarían alcanzados por sus principales beneficios fiscales.

Por ahora, ninguna de estas modificaciones derivadas de Inocencia Fiscal II debe considerarse vigente por el solo hecho de integrar el proyecto.

El Senado deberá tratar la iniciativa este jueves. Si la aprueba sin introducir modificaciones al texto proveniente de Diputados, quedará sancionada y posteriormente deberá atravesar las instancias correspondientes para su promulgación y aplicación.

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