La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó una medida cautelar interina que frena la desregulación de la Ley de Tierras. Mediante una resolución dictada este viernes, el máximo tribunal suspendió de manera preventiva los efectos del artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, restituido temporalmente las limitaciones vigentes para la adquisición de inmuebles rurales por parte de personas físicas o jurídicas extranjeras.
Composición del tribunal y votación en disidencia
El fallo fue rubricado en una acordada especial por los ministros del tribunal y dos conjueces. La decisión contó con el voto favorable de los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, sumados a las firmas de los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci, mientras que el magistrado Carlos Rosenkrantz votó en disidencia. La resolución dio lugar al planteo interpuesto por la organización ambientalista "Árbol de Pie", tras expedirse anteriormente en la causa promovida por el Centro de Ex Combatientes de Islas Malvinas (CECIM).
Tramitación judicial y derivación al fuero de origen
La causa regresa al fuero federal de origen en Bariloche para definir la cuestión de fondo sobre la constitucionalidad de la norma. La cautelar interina mantendrá su vigencia hasta que el juzgado competente examine la legitimación de las partes y resuelva el pedido de fondo, de acuerdo con lo establecido en el expediente administrativo. En paralelo, en el Congreso de la Nación se tramitan diversas iniciativas legislativas orientadas a la derogación formal del articulado del decreto.






