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La herencia pesada de Nediani: 214 pases a planta, contrataciones y familiares en cargos jerárquicos

La medida fue formalizada el 18 de agosto, luego de las elecciones municipales. El Presupuesto 2026 asigna el 72,53% a Personal, mientras la Carta Orgánica establece un límite del 60% para el pago de sueldos.

La herencia pesada de Nediani: 214 pases a planta, contrataciones y familiares en cargos jerárquicos
La gestión de Roger Nediani confirmó 214 pases a planta permanente mediante un decreto firmado el 18 de agosto, en plena transición municipal.

A solo 16 días de haber perdido las elecciones municipales, la gestión de Roger Nediani confirmó el pase de 214 agentes a planta permanente. La decisión compromete recursos futuros cuando el propio Presupuesto 2026 destina el 72,53% a Personal, pese al límite del 60% establecido por la Carta Orgánica.

A ello se suman denuncias sobre más de 700 contrataciones, recategorizaciones, bonificaciones y la presencia de familiares y candidatos del oficialismo dentro de la estructura municipal.

La factura no debe pagarla el que viene.

Apenas 16 días después de las elecciones municipales del 2 de agosto, cuando la ciudad de La Banda ya había elegido a Llamil Abdala como próximo intendente, la administración de Roger Nediani decidió confirmar en planta permanente a 214 agentes municipales.

La medida fue instrumentada mediante el Decreto Serie “A” N.º 227/2026, fechado el 18 de agosto, dentro del expediente EX-2026-00164775–LABANDA-DME#SG. En las actuaciones aparecen las firmas digitales de la secretaria de Gobierno, Ana Victoria Torres, y del intendente Roger Nediani.

No se trata de un trámite administrativo menor. Son 214 situaciones laborales cuyos efectos presupuestarios continuarán durante la próxima gestión y los ejercicios siguientes.

La fecha de la decisión no determina por sí sola su ilegalidad. Pero sí la vuelve profundamente inoportuna, institucionalmente cuestionable y merecedora de una auditoría integral.

Cuando un gobierno pierde las elecciones conserva todas sus atribuciones hasta el último día de su mandato. También conserva —y debería extremar— su responsabilidad sobre las arcas públicas.

La transición no puede convertirse en una ventana para consolidar designaciones, premiar lealtades, regularizar cargos políticos o trasladar compromisos económicos al gobierno entrante.

Nediani sigue siendo responsable hasta el último día de su gestión. No solo de firmar decretos, sino de acreditar que cada incorporación tiene respaldo legal, presupuestario y financiero.

El límite que impone la Carta Orgánica

El núcleo de la controversia se encuentra en el artículo 110 de la Carta Orgánica Municipal de La Banda, que bajo el título “Pago de sueldos. Límite presupuestario” establece:

“La municipalidad no podrá invertir más del sesenta (60) por ciento del total de sus ingresos, para la atención del pago de sueldos, cualquiera fuera su naturaleza, del personal efectivo y supernumerario de la administración”.

La disposición es categórica: la Municipalidad no puede destinar más del 60% de sus ingresos al pago de salarios, cualquiera sea su naturaleza.

Ese límite obliga a revisar no solamente los 214 pases a planta, sino el crecimiento completo de la estructura municipal: contrataciones, recategorizaciones, bonificaciones, designaciones de familiares, cargos jerárquicos, personal de gabinete y estabilidad concedida durante la gestión.

El problema adquiere una dimensión todavía mayor cuando se analiza el propio Presupuesto Municipal 2026.

El Presupuesto destina el 72,53% a Personal

El Presupuesto General de la Municipalidad de La Banda para 2026 contempla recursos y erogaciones por un total de $64.278.964.869,44.

De esa suma, la partida destinada a Personal asciende a $46.623.402.443,31. La propia documentación presupuestaria reconoce que esa partida representa el 72,53% del total.

La diferencia frente al límite establecido por la Carta Orgánica es considerable:

  • Límite del artículo 110: 60%.
  • Incidencia presupuestada para Personal: 72,53%.
  • Diferencia: 12,53 puntos porcentuales.

Si se aplica el 60% al total presupuestado, el máximo matemático se ubicaría alrededor de los $38.567 millones. Sin embargo, la partida de Personal supera los $46.623 millones.

La diferencia es cercana a los $8.056 millones.

Es un dato demasiado grave para ser ignorado y demasiado concreto para ser respondido con generalidades.

La sola comparación presupuestaria todavía no permite afirmar de manera jurídicamente definitiva que se haya consumado una violación del artículo 110. Para llegar a esa conclusión debe determinarse cuál es la base de ingresos que corresponde computar y confrontarla con la ejecución efectiva del gasto salarial.

Pero la documentación revela una contradicción aparente que exige una explicación técnica inmediata de la Secretaría de Economía y Finanzas, Contaduría Municipal y el Tribunal de Cuentas.

No alcanza con afirmar que existía capacidad presupuestaria. Hay que mostrarla.

Presupuesto aprobado no es lo mismo que gasto ejecutado

Para determinar si la Municipalidad superó efectivamente el límite del 60% deben conocerse dos cifras certificadas:

  • Los ingresos realmente percibidos durante 2026.
  • El monto efectivamente pagado en remuneraciones durante el mismo período.

La relación entre ambos datos permitirá establecer el porcentaje real destinado al pago de salarios.

El mismo cálculo debería realizarse para 2022, 2023, 2024 y 2025. Solo así podrá determinarse cómo evolucionó la masa salarial, cuándo comenzó a crecer, qué decisiones impulsaron ese incremento y en qué momento pudo haberse alcanzado o superado el límite de la Carta Orgánica.

La ciudadanía necesita números ejecutados, no solamente previsiones presupuestarias.

Los 214 pases no equivalen a 214 salarios completamente nuevos

La discusión debe plantearse con rigor.

Los 214 agentes alcanzados por el decreto ya prestaban servicios en la Municipalidad y percibían remuneraciones como personal temporario o contratado. Por esa razón, no corresponde sumar 214 salarios completos nuevos a los $46.623 millones presupuestados para Personal.

El costo adicional surgirá de la diferencia entre lo que percibían antes y lo que cobrarán como agentes permanentes.

En ese cálculo deberán incluirse las modificaciones de categoría, antigüedad, adicionales, aportes, contribuciones patronales, cargas sociales y cualquier otro concepto derivado de la nueva situación de revista.

Para conocer el impacto verdadero debe compararse, trabajador por trabajador:

  • La última liquidación anterior al pase.
  • La primera liquidación como agente permanente.
  • La categoría anterior y la nueva.
  • Los adicionales incorporados.
  • El costo patronal total.

La suma de las 214 diferencias permitirá conocer cuánto aumentará mensualmente la masa salarial, cuál será el costo anualizado y qué impacto tendrá durante 2027, cuando la administración ya estará en manos del intendente electo.

Hasta que esa información sea publicada, nadie puede afirmar seriamente que la medida no tendrá impacto o que será insignificante.

Mucho menos cuando el Presupuesto 2026 ya reconoce que Personal representa el 72,53% del total.

¿Existían realmente 214 vacantes?

La disponibilidad financiera no es el único requisito.

También debe determinarse si, antes del Decreto 227/2026, existían 214 cargos permanentes efectivamente vacantes y autorizados dentro de la estructura presupuestaria.

La gestión debe informar:

  • Cuántos cargos permanentes estaban autorizados.
  • Cuántos se encontraban ocupados.
  • Cuántos estaban vacantes al 17 de agosto.
  • Qué categoría recibió cada beneficiario.
  • Qué vacante concreta fue utilizada.
  • Si se crearon, transformaron o convirtieron cargos.
  • Mediante qué norma se realizaron esas modificaciones.

Si existían 214 vacantes presupuestadas y los trabajadores cumplían los requisitos estatutarios, habrá un elemento relevante a favor de la regularidad.

Si no existían suficientes vacantes, Nediani deberá explicar mediante qué instrumento fueron creadas o transformadas y de dónde surgieron los recursos.

No puede haber 214 pases genéricos sostenidos solamente por una afirmación administrativa. Debe existir una vacante identificable y respaldo presupuestario para cada incorporación.

El universo que debe auditarse es mucho mayor

La investigación no puede quedar limitada a los 214 beneficiarios del último decreto.

Los antecedentes reunidos muestran al menos tres grandes grupos que deben ser reconstruidos y cruzados:

  • Las más de 700 contrataciones posteriores a las medidas de contención de gastos de 2023, denunciadas por concejales opositores.
  • Los familiares, funcionarios jerárquicos, dirigentes y referentes políticos que habrían sido contratados, promovidos, recategorizados, bonificados o pasados a planta entre 2022 y 2026.
  • Los 214 agentes confirmados como permanentes mediante el Decreto 227/2026.

La suma de estos universos no debe realizarse de manera automática porque una misma persona podría aparecer en más de un grupo. Precisamente por eso se necesita acceder a las nóminas completas y cruzarlas individualmente.

Debe distinguirse además entre quienes fueron incorporados directamente durante la gestión de Nediani y quienes ya eran empleados municipales pero recibieron promociones, recategorizaciones, bonificaciones o estabilidad durante su administración.

No todos los casos tienen la misma naturaleza. Pero todos deben ser transparentados.

Los familiares del intendente dentro del Municipio

La presencia de familiares directos y políticos de Roger Nediani en distintos niveles de la estructura municipal se encuentra entre los puntos más sensibles.

La información pública y las denuncias realizadas desde el Concejo Deliberante permiten individualizar hasta ahora los siguientes casos:

Matías Roger Nediani Celiz

Es hijo del intendente y ocupa el cargo de secretario de Coordinación y Desarrollo Territorial.

Su función política aparece confirmada en documentación municipal. Concejales opositores denunciaron además que habría sido recategorizado y pasado a planta permanente el 1 de marzo de 2024, conservando esa situación administrativa mientras ejerce como secretario.

El caso requiere acceder a su legajo, al acto administrativo de recategorización, al instrumento de pase a planta y a la resolución que le permitió retener el cargo permanente durante el ejercicio de una función política.

También debe establecerse cuál era su situación laboral antes de la actual gestión, qué antigüedad tenía, qué categoría poseía y qué vacante habría utilizado.

Facundo Nediani Celiz

También hijo del intendente, fue identificado públicamente como director de Compras y Suministros.

Según denuncias formuladas públicamente, habría recibido una bonificación a partir del 1 de junio de 2024.

Deben obtenerse el decreto de designación, el instrumento que concedió la bonificación, el porcentaje otorgado, su fundamento y las liquidaciones salariales correspondientes.

El área de Compras y Suministros, por su intervención en la adquisición de bienes y servicios, exige además controles particularmente rigurosos sobre funciones, responsabilidades y mecanismos de designación.

María Alejandra Nallar

Nuera del intendente y esposa de Matías Nediani, fue identificada públicamente como directora de Discapacidad.

Concejales denunciaron que habría sido recategorizada y pasada a planta permanente el 1 de marzo de 2024, la misma fecha atribuida al caso de Matías Nediani.

La coincidencia temporal obliga a revisar ambos expedientes: qué acto administrativo se utilizó, qué antigüedad se reconoció, qué cargos estaban vacantes, qué dictámenes respaldaron las decisiones y si otros trabajadores en las mismas condiciones recibieron idéntico tratamiento.

Viviana Molina

Esposa del intendente, fue identificada públicamente como directora de Despacho.

Las publicaciones existentes aclaran que sería empleada municipal de antigua data. Si esa circunstancia se confirma, no correspondería presentarla como una persona incorporada originalmente por Nediani.

Lo que debe investigarse es otra cosa: cuál era su situación de revista previa, cuándo accedió a la Dirección de Despacho, qué remuneración y adicionales percibe y si recibió promociones o recategorizaciones durante la gestión de su esposo.

José Molina

Hermano de Viviana Molina y, por lo tanto, cuñado del intendente, fue identificado como director de Despacho del Concejo Deliberante.

Su caso incorpora además una dimensión política: el 7 de julio de 2026 apareció públicamente junto a Roger Nediani como candidato a concejal del mismo espacio electoral.

No se trata entonces solamente de un familiar con un cargo dentro de la estructura municipal. También es un funcionario vinculado directamente con el armado político-electoral del oficialismo.

Debe establecerse cuándo ingresó al Municipio, cuál era su situación laboral previa, quién dispuso su designación en el Concejo, qué remuneración percibe y si posee simultáneamente un cargo permanente.

Rocío Candela Pérez Nediani

Fue identificada en denuncias públicas como sobrina del intendente.

Según concejales opositores, habría sido contratada por la Municipalidad el 10 de abril de 2023, pocos días después de que la propia gestión dictara medidas de emergencia económica y contención del gasto.

La fecha resulta especialmente relevante. Debe obtenerse el contrato, conocer quién lo autorizó, qué funciones se le asignaron, qué remuneración percibió y qué excepción justificó su incorporación después del decreto de contención.

El parentesco no demuestra por sí solo una irregularidad

La sola existencia de un vínculo familiar no permite afirmar automáticamente que haya existido una ilegalidad.

Tampoco corresponde sostener, sin analizar los legajos, que todas estas personas fueron incorporadas originalmente por Nediani. Algunas podrían ser empleadas municipales de antigua data y haber sido únicamente promovidas o designadas en cargos jerárquicos durante esta gestión.

La investigación debe determinar, en cada caso:

  • Fecha y modalidad de ingreso.
  • Antigüedad reconocida.
  • Cargo original.
  • Cargo actual.
  • Designaciones políticas ejercidas.
  • Recategorizaciones recibidas.
  • Pase a planta permanente, si existiera.
  • Bonificaciones y adicionales.
  • Remuneración total.
  • Vacante utilizada.
  • Autoridad que aprobó cada beneficio.
  • Comparación con otros trabajadores en condiciones equivalentes.

Precisamente porque existen vínculos familiares, la transparencia debe ser absoluta.

El caso de Alejandra Farías y Facundo Farías

El análisis de los parentescos no puede limitarse al núcleo familiar del intendente.

Nuevo Diario informó que Alejandra Farías ejercía como secretaria de Educación y que su sobrino, Facundo Farías, había sido designado director de Educación.

Tras una ruptura política, ambos habrían sido desplazados de sus funciones.

Este antecedente demuestra que el fenómeno a investigar podría extenderse a familiares de funcionarios de primera línea y no solamente a parientes de Roger Nediani.

Alejandra Farías

Se desempeñó como secretaria de Educación, un cargo político de primer nivel dentro del gabinete municipal.

Debe establecerse si poseía previamente un cargo permanente, cuándo fue designada, cuál era su situación de revista y qué ocurrió administrativamente después de su desplazamiento.

Facundo Farías

Sobrino de Alejandra Farías, fue identificado públicamente como director de Educación.

La designación conjunta de una funcionaria y su sobrino dentro de la misma estructura obliga a conocer el procedimiento utilizado, los antecedentes del beneficiario, la autoridad que promovió su incorporación y si contaba con relación laboral previa.

El desplazamiento posterior por una ruptura política tampoco borra el interés público sobre la designación original.

Este caso confirma que la auditoría debe revisar todos los vínculos familiares dentro de las áreas jerárquicas, cualquiera sea el apellido involucrado.

Funcionarios que firmaron la contención del gasto

En marzo de 2023, la propia gestión de Nediani dictó un decreto de contención de gastos.

Ese instrumento existe y, según la documentación difundida, lleva las firmas digitales del intendente y de sus principales secretarios:

  • Roger Elías Nediani, intendente.
  • Javier Alexandro, entonces secretario de Economía y Finanzas.
  • Ana Victoria Torres, funcionaria central de la gestión.
  • Matías Roger Nediani Celiz, secretario de Coordinación y Desarrollo Territorial.
  • Joaquín María Romano Norri, secretario de Ordenamiento Urbano y Seguridad.
  • Cristian Gastón Alzamora, secretario de Obras Públicas, Planificación y Desarrollo Urbano.
  • Christian Enrique Mendoza, secretario de Servicios Públicos.
  • Julio César Scabuzzo, secretario de Salud.

La importancia de estos nombres no radica en que la firma pruebe por sí misma una irregularidad. Radica en que todos ellos participaron institucionalmente de una decisión destinada a restringir el gasto.

Por eso deberán explicar qué ocurrió después.

Si efectivamente se concretaron más de 700 contrataciones posteriores, deberá establecerse qué excepciones se aplicaron, quién las autorizó y si los secretarios que habían firmado la contención intervinieron luego en nuevas incorporaciones.

La administración no puede declarar una emergencia con una mano y multiplicar contrataciones con la otra.

Ana Victoria Torres: del gabinete a la fórmula electoral

Ana Victoria Torres —también mencionada públicamente como Victoria Torres— ocupa un lugar central en la estructura política de Nediani.

Está confirmada como secretaria de Gobierno. Antes se desempeñó como secretaria general del Concejo Deliberante y también quedó interinamente al frente de la Secretaría de Economía.

En junio de 2026 fue presentada como candidata a viceintendenta, acompañando a Roger Nediani en la fórmula oficialista.

Su nombre aparece además en las actuaciones vinculadas con el pase de los 214 agentes.

La situación permite identificar una categoría diferente de la estrictamente familiar: funcionarios municipales que, al mismo tiempo, integraron la estructura político-electoral del oficialismo.

Debe conocerse cuál fue la intervención concreta de Torres en el Decreto 227/2026, qué documentación tuvo a la vista, qué informes recibió y qué controles realizó antes de acompañar con su firma una medida de semejante magnitud.

También debe determinarse si posee una situación permanente dentro de la Municipalidad, desde cuándo y mediante qué procedimiento.

José Molina: funcionario, familiar y candidato

José Molina reúne tres elementos que requieren especial atención:

  • Es cuñado del intendente.
  • Fue identificado como director de Despacho del Concejo Deliberante.
  • Integró como candidato a concejal el espacio político de Nediani en 2026.

La superposición entre parentesco, función pública y candidatura no constituye por sí sola una infracción. Pero sí vuelve indispensable esclarecer cómo ingresó, qué cargo ocupa, cuánto percibe y si cuenta con estabilidad administrativa independiente de su función política.

La misma revisión debe extenderse a todos los candidatos, autoridades partidarias, fiscales y referentes políticos que puedan aparecer dentro de la planta municipal o entre las más de 700 contrataciones denunciadas.

Otros funcionarios jerárquicos que deben ser relevados

La auditoría deberá incorporar a todos los integrantes del gabinete y a las máximas autoridades administrativas, no para presumir irregularidades, sino para establecer si poseen simultáneamente cargos políticos y estabilidad permanente.

Entre los nombres documentados aparecen:

Javier Alexandro

Se desempeñó como secretario de Economía y Finanzas durante 2023 y aparece en el decreto municipal de contención de gastos.

Debe explicar qué proyecciones económicas respaldaron las contrataciones posteriores, cómo evolucionó la masa salarial y qué controles se realizaron sobre el límite del artículo 110.

Joaquín María Romano Norri

Se desempeñó como secretario de Ordenamiento Urbano y Seguridad y figura entre los funcionarios que acompañaron el decreto de contención.

Debe establecerse su situación administrativa, si contaba con cargo municipal previo y qué intervención tuvo en las decisiones de personal de su área.

Cristian Gastón Alzamora

Fue identificado como secretario de Obras Públicas, Planificación y Desarrollo Urbano.

Su área y los organismos dependientes deben ser incluidos en el relevamiento de contrataciones, designaciones, recategorizaciones y bonificaciones realizadas desde marzo de 2023.

Christian Enrique Mendoza

Se desempeñó como secretario de Servicios Públicos y también aparece entre los firmantes del decreto de contención.

Servicios Públicos suele concentrar una cantidad significativa de personal operativo. Por eso debe establecerse cuántas contrataciones se produjeron dentro de su área y bajo qué fundamentos.

Julio César Scabuzzo

Fue identificado como secretario de Salud y también acompañó el decreto de restricción del gasto.

La auditoría debe determinar la evolución de la dotación de personal en Salud, diferenciando incorporaciones justificadas por necesidades esenciales de eventuales nombramientos sin respaldo funcional.

Norma Paz Soria

Fue identificada públicamente como coordinadora de Tránsito.

Debe establecerse cuándo accedió al cargo, cuál era su situación laboral previa, qué categoría posee y si recibió recategorizaciones, adicionales o estabilidad durante la gestión.

Diego Juárez

Fue vinculado funcionalmente con un cargo dentro del Tribunal de Cuentas Municipal. Publicaciones posteriores también dieron cuenta de un conflicto político con Nediani.

Su caso adquiere relevancia porque el Tribunal de Cuentas es uno de los organismos que deberían controlar la legalidad y el impacto presupuestario de las decisiones cuestionadas.

Debe determinarse qué cargo ocupó, durante qué período, cuál fue su participación en los controles y si intervino en dictámenes relacionados con personal, contrataciones o ejecución salarial.

Cargo político y planta permanente: la combinación que debe examinarse

La investigación no debe limitarse a determinar cuántos familiares trabajan en el Municipio.

Debe obtenerse la nómina completa de:

  • Secretarios.
  • Subsecretarios.
  • Directores generales.
  • Directores.
  • Coordinadores.
  • Asesores.
  • Personal de gabinete.
  • Autoridades del Concejo Deliberante.
  • Autoridades y personal del Tribunal de Cuentas.
  • Personal no escalafonado.

Después debe establecerse cuáles de esas personas poseen simultáneamente un cargo permanente dentro de la Municipalidad, cuándo lo obtuvieron y bajo qué gestión.

Los casos en los que coincidan función política, recategorización y pase a planta permanente durante una misma administración requieren un control particular.

Un funcionario político no puede utilizar su paso por el poder para garantizarse estabilidad y trasladar su remuneración al gobierno siguiente, salvo que posea una situación administrativa previa, legítima y comprobable.

Por eso debe publicarse la historia laboral de cada funcionario: fecha de ingreso, categoría original, sucesivas promociones, cargo político ejercido, situación de revista actual y acto administrativo que respalda cada modificación.

Más de 700 contrataciones después de declarar la contención

En febrero de 2025, concejales opositores denunciaron públicamente disponer de documentación correspondiente a más de 700 contrataciones realizadas después de las medidas de emergencia económica y contención del gasto adoptadas en marzo de 2023.

La denuncia incluyó referencias concretas a Matías Nediani, María Alejandra Nallar, Facundo Nediani y Rocío Candela Pérez Nediani, con fechas de recategorización, pase a planta, bonificación o contratación.

Este dato debe convertirse en el centro de la auditoría.

Es necesario obtener la nómina completa de esas más de 700 personas y determinar:

  • Nombre y apellido.
  • Documento.
  • Fecha de contratación.
  • Área de destino.
  • Función asignada.
  • Modalidad contractual.
  • Remuneración.
  • Autoridad que autorizó el ingreso.
  • Excepción invocada.
  • Vínculos familiares o políticos.
  • Participación en campañas o listas electorales.
  • Situación administrativa actual.
  • Eventual inclusión entre los 214 pases de agosto de 2026.

Ese cruce permitirá saber si existen personas que primero fueron contratadas después de la emergencia, luego recategorizadas y finalmente incorporadas a planta permanente.

También permitirá detectar si entre los beneficiarios aparecen familiares, candidatos, autoridades partidarias, dirigentes, fiscales electorales o colaboradores políticos del oficialismo.

La investigación debe trabajar con nombres, expedientes y fechas. No con rumores.

No corresponde hablar de “ñoquis” ni de corrupción sin pruebas

La gravedad de los datos no habilita a realizar acusaciones indiscriminadas.

No corresponde afirmar todavía que todos fueron nombrados por Nediani. Tampoco utilizar términos como “ñoquis”, “testaferros” o “corrupción” sin pruebas específicas.

Lo que sí puede sostenerse es que se identificaron familiares directos y políticos en cargos jerárquicos y que existen denuncias documentadas sobre recategorizaciones, pases a planta, bonificaciones y contrataciones.

También puede afirmarse que fuentes periodísticas mencionaron la existencia de otros familiares de segundo grado, consanguíneos y políticos, cuyas identidades deberán establecerse mediante el acceso a los legajos municipales.

No inventar nombres ni exagerar acusaciones no debilita la investigación. La fortalece.

El control serio consiste en identificar personas, obtener los instrumentos administrativos y reconstruir la ruta de cada beneficio.

Los organismos de control deben mostrar qué controlaron

Según el Decreto 227/2026, antes de su firma intervinieron:

  • Dirección de Personal.
  • Contaduría Municipal.
  • Secretaría de Economía y Finanzas.
  • Dirección de Asuntos Legales.
  • Tribunal de Cuentas Municipal.

La existencia de esas intervenciones debe reconocerse, pero no puede funcionar como una fórmula automática para cerrar la discusión.

Por el contrario, obliga a publicar los dictámenes completos.

¿Qué verificó la Dirección de Personal? ¿Comprobó la antigüedad de los 214 agentes? ¿Contaduría certificó la existencia de recursos y vacantes? ¿Economía calculó el costo mensual y anualizado? ¿Asuntos Legales revisó la eventual presencia de cargos políticos? ¿El Tribunal de Cuentas analizó la compatibilidad de la medida con el artículo 110?

El artículo 109 de la Carta Orgánica también resulta relevante porque establece obligaciones relacionadas con el control de las órdenes de pago y la observancia de las disposiciones presupuestarias.

Si la ejecución salarial hubiera superado el límite permitido, deberá determinarse:

  • Si Contaduría formuló observaciones.
  • Si intervino el Tribunal de Cuentas.
  • Qué resolvió cada organismo.
  • Quién autorizó continuar con las erogaciones.
  • Qué funcionarios refrendaron las decisiones.
  • Si alguna observación fue rechazada o ignorada.

No basta con enumerar áreas intervinientes. Los bandeños tienen derecho a saber qué controló cada una.

La transición no puede condicionar al gobierno entrante

La fecha del decreto tiene un peso político imposible de disimular.

Las elecciones se celebraron el 2 de agosto. El pase a planta fue formalizado el 18. Nediani ya sabía que no continuaría al frente del Municipio y que Llamil Abdala asumiría la administración de la ciudad.

En ese contexto, una decisión que consolida la estabilidad de 214 personas y proyecta consecuencias sobre los próximos ejercicios debió ser tratada con máxima transparencia y prudencia institucional.

Lo razonable habría sido publicar previamente la nómina, la situación de revista, las vacantes disponibles, los dictámenes y el estudio de impacto presupuestario. También correspondía informar formalmente al intendente electo, porque será su gestión la que deberá afrontar las consecuencias financieras.

Gobernar hasta el último día no significa hipotecar el día siguiente.

La estabilidad laboral de quienes legítimamente cumplen funciones desde hace años merece protección. Pero esa defensa no puede utilizarse como escudo para ocultar eventuales favores políticos, regularizaciones selectivas o decisiones adoptadas fuera de tiempo.

Los derechos de los trabajadores no deben confundirse con la conveniencia de los funcionarios.

Una auditoría integral desde 2022

La próxima gestión deberá realizar una auditoría profunda. No como instrumento de persecución política, sino como obligación elemental para determinar en qué estado se recibe la Municipalidad.

La revisión debe abarcar:

  • Ejecuciones presupuestarias mensuales de 2022 a 2026.
  • Ingresos efectivamente percibidos durante cada ejercicio.
  • Masa salarial pagada mes a mes.
  • Cantidad de trabajadores por año y modalidad contractual.
  • Nómina de las más de 700 contrataciones denunciadas.
  • Funcionarios y cargos jerárquicos.
  • Recategorizaciones realizadas desde 2022.
  • Bonificaciones y adicionales, con identificación de beneficiarios.
  • Pases a planta permanente durante toda la gestión.
  • Legajos de familiares directos y políticos.
  • Situación laboral de candidatos y autoridades del oficialismo.
  • Decreto 227/2026 y expediente administrativo completo.
  • Nómina de los 214 beneficiarios.
  • Liquidaciones anteriores y posteriores al pase.
  • Vacantes permanentes existentes al 17 de agosto.
  • Dictámenes de Contaduría, Economía, Asuntos Legales y Tribunal de Cuentas.

La auditoría deberá separar con claridad a los trabajadores genuinos, con años de servicio y derechos legítimos, de quienes pudieron ingresar o ascender como consecuencia de vínculos familiares o políticos.

No corresponde cargar indiscriminadamente contra 214 personas. Corresponde revisar 214 expedientes y cruzarlos con las demás contrataciones y designaciones de la gestión.

Nediani debe rendir cuentas hasta el último día

La cuestión de fondo excede el decreto del 18 de agosto.

Lo que debe determinarse es cómo evolucionó la estructura de personal durante toda la gestión de Roger Nediani, cuánto cuesta actualmente, bajo qué criterios fue ampliada y si su crecimiento respetó la Carta Orgánica.

La comparación disponible es contundente: mientras el artículo 110 establece un límite del 60% de los ingresos para el pago de sueldos, el Presupuesto 2026 asigna a Personal $46.623.402.443,31 sobre un total de $64.278.964.869,44. Es decir, el 72,53%.

Son 12,53 puntos porcentuales de diferencia y aproximadamente $8.056 millones por encima del equivalente matemático del 60% sobre el total presupuestado.

La ejecución efectiva determinará si existe un incumplimiento jurídicamente consumado. Pero el dato presupuestario ya es suficientemente grave para exigir explicaciones.

A ello se agregan las más de 700 contrataciones denunciadas, la presencia de familiares en cargos jerárquicos, las recategorizaciones y bonificaciones cuestionadas, la superposición entre funcionarios y candidatos del oficialismo y, finalmente, los 214 pases a planta decididos en plena transición.

Nediani no puede limitarse a firmar y retirarse.

Debe explicar cuánto cuesta la estructura que deja, quiénes fueron beneficiados, qué vacantes se utilizaron, qué excepciones se concedieron, qué dictámenes respaldaron las medidas y cómo se compatibiliza el gasto salarial con la Carta Orgánica.

También debe explicar por qué, después de firmar un decreto de contención de gastos junto con Javier Alexandro, Ana Victoria Torres, Matías Nediani Celiz, Joaquín María Romano Norri, Cristian Gastón Alzamora, Christian Enrique Mendoza y Julio César Scabuzzo, se habrían producido más de 700 contrataciones.

Debe aclarar la situación administrativa de sus hijos Matías y Facundo Nediani Celiz; de su esposa, Viviana Molina; de su cuñado y candidato José Molina; de su nuera María Alejandra Nallar; y de su sobrina Rocío Candela Pérez Nediani.

También debe transparentarse la situación de Alejandra y Facundo Farías, Ana Victoria Torres, Norma Paz Soria, Diego Juárez y de cada funcionario que pudiera haber combinado cargo político, recategorización y estabilidad permanente.

La ciudad no puede recibir una administración a ciegas.

La próxima gestión tampoco debe aceptar como hechos consumados decisiones que comprometen recursos futuros sin revisar antes su legalidad, razonabilidad y respaldo presupuestario.

La responsabilidad de Roger Nediani no terminó cuando perdió las elecciones. Terminará el último día de su mandato. Hasta entonces tiene la obligación de custodiar las arcas municipales y rendir cuentas por cada contratación, cada recategorización, cada bonificación y cada peso comprometido.

La factura de una gestión saliente no puede quedar escondida debajo de la puerta del intendente que viene.

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