El Poder Ejecutivo modificó la Ley de Migraciones mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 681/2026, incorporando nuevas causales para rechazar la entrada al país o cancelar la residencia a extranjeros que promuevan mensajes de odio, inciten a la violencia contra los argentinos por su nacionalidad o cometan ultrajes contra los símbolos patrios.
La norma, publicada este jueves en el Boletín Oficial, modifica de manera directa los artículos 29, 62 y 63 de la Ley 25.871. “Frente a las recientes manifestaciones de hostilidad, la defensa de la Nación, sus ciudadanos y sus símbolos no es negociable; quien ataque a la Argentina no es bienvenido”, justificó la Oficina del Presidente tras la firma del decreto.
A partir de este cambio, la Dirección Nacional de Migraciones podrá impedir el acceso a quienes hayan dirigido agresiones verbales o escritas contra el pueblo argentino. En cuanto a los residentes, la medida otorga la potestad de revocar radicaciones y fijar intimaciones para abandonar el territorio nacional dentro de un plazo determinado o decretar su expulsión directa.
Para aplicar la cancelación de la residencia o la expulsión, el artículo 63 reformado obliga a las autoridades a evaluar las circunstancias fácticas y personales de cada afectado. Este análisis individual buscará determinar la proporcionalidad de la medida antes de intimar el abandono del país o ejecutar la deportación.
El texto oficial utiliza conceptos generales como "mensajes de odio" o "actos de hostilidad", lo que dejará su aplicación sujeta al criterio de las autoridades migratorias y eventuales revisiones judiciales. No obstante, el DNU incluye una salvaguarda para la libertad de expresión, aclarando que quedan excluidas de sanción las críticas políticas, académicas o el disenso ideológico amparado por la Constitución Nacional.





