En medio de la polémica, la jueza federal Macarena Marta Giménez desestimó suspender el traslado del sable corvo, perteneciente a José de San Martín y donado a Juan Manuel de Rosas, desde el Museo Histórico Nacional al Regimiento de Granaderos a Caballo, aunque ordenó medidas previas antes de expedirse sobre el fondo del reclamo impulsado por supuestos herederos del donante.
La causa fue iniciada por integrantes de la familia Terrero, quienes se presentan como herederos del donante del sable y sostienen que la donación realizada a fines del siglo XIX habría estado condicionada a que la pieza permaneciera de manera permanente en el Museo Histórico Nacional. De acuerdo con su planteo, el cambio de destino vulneraría el derecho colectivo de acceso al patrimonio cultural.
Al analizar el pedido, la jueza consideró que en esta etapa inicial del proceso no se encuentran acreditados los requisitos legales necesarios para suspender la medida dispuesta por el Ejecutivo.
En la resolución, explicó que "no se advierte que [...] se encuentren reunidos los requisitos legales aptos para hacer lugar a lo requerido" y remarcó que, por el momento, no surge probado que haya existido una donación con cargo cuyo eventual incumplimiento pueda imputarse al Estado.
Asimismo destacó que el sable corvo "no ha permanecido siempre en el Museo Histórico Nacional", ya que entre los años 1967 y 2015 estuvo bajo custodia del Regimiento de Granaderos a Caballo sin que esa situación fuera objeto de impugnaciones judiciales. En tanto recordó que los actos del Poder Ejecutivo gozan de presunción de legitimidad y que el control judicial debe limitarse a verificar su legalidad y razonabilidad, sin evaluar criterios de oportunidad o conveniencia.
Por último, la magistrada aclaró que la decisión no implica un adelanto de opinión sobre la cautelar de fondo y dispuso avanzar con distintas medidas probatorias antes de resolver definitivamente sobre el reclamo presentado.