El cronograma electoral hacia la renovación de las autoridades bandeñas avanza incorporando los mecanismos de participación ciudadana previstos por la legislación local. En este marco, las autoridades del Tribunal Electoral notificaron los plazos y las condiciones operativas para que los inmigrantes radicados en el segundo municipio de la provincia puedan ejercer su derecho al sufragio en las urnas.
Conforme a los lineamientos fijados por la Ordenanza Electoral Municipal N° 016/2010 y los postulados de la Carta Orgánica Municipal, el proceso de incorporación al padrón definitivo exige el cumplimiento estricto de los siguientes requisitos de admisibilidad:
Edad mínima: Los solicitantes deben ser mayores de 18 años o cumplir dicha edad al momento de la votación.
Estatus migratorio: Es obligatorio acreditar y contar con la residencia permanente radicada de forma legal en el país.
Arraigo local: Se debe certificar una residencia efectiva, inmediata y demostrable de al menos dos años dentro de la jurisdicción del municipio de La Banda.
Acreditación: Las autoridades precisaron que la antigüedad del arraigo se constatará estrictamente mediante los movimientos y fechas de domicilio asentados en el Documento Nacional de Identidad (DNI).
Aptitud legal: Los ciudadanos extranjeros interesados no deberán encontrarse alcanzados por ninguna de las causales de inhabilidad jurídica contempladas en la normativa vigente.
Inscripción obligatoria, sede y horarios de atención
Desde el organismo electoral remarcaron que, al igual que sucede con los nativos argentinos, la condición de elector para los comicios municipales de agosto se valida de manera única mediante la correcta inclusión del nombre en el Padrón de Electores Municipales, por lo que este empadronamiento previo resulta de carácter forzoso.
Para formalizar la solicitud, los interesados deberán apersonarse de manera estrictamente presencial en las oficinas de la sede del Tribunal Electoral Municipal, la cual funciona en la intersección de las calles Avellaneda e Irigoyen, dentro de las dependencias edilicias del Honorable Concejo Deliberante. La atención al público y recepción de documentación se realiza de lunes a viernes en doble turno: por la mañana de 8:00 a 13:00 horas, y por la tarde de 17:00 a 21:00 horas.






