Un fallo judicial en la provincia de Salta volvió a poner en debate el rol de las mascotas dentro del núcleo familiar al ordenar que un hombre pague una cuota alimentaria mensual destinada al cuidado de un perro que compartía con su expareja. La decisión surge tras el reclamo de la mujer, quien quedó a cargo del animal y solicitó asistencia económica para afrontar los gastos de manutención.
En su resolución, el juzgado fue contundente al sostener que los animales no pueden ser considerados simples objetos o bienes patrimoniales, sino “seres con sensibilidad” que forman parte del entorno afectivo y familiar. Bajo este criterio, los magistrados determinaron que los costos de alimentación, atención veterinaria, vacunas y medicamentos deben ser compartidos entre ambos.
Cambios en la mirada judicial
Este fallo no solo establece una obligación económica, sino que refleja un cambio profundo en la jurisprudencia argentina. Además de la cuota alimentaria, los tribunales salteños han comenzado a implementar:
Regímenes de comunicación: Visitas periódicas para mantener el vínculo afectivo.
Cuidado compartido: Tiempos de convivencia alternada para priorizar el bienestar emocional del animal.
La cuota fijada deberá cubrir estrictamente las necesidades básicas del perro, garantizando su calidad de vida tras la ruptura de la pareja. Este antecedente refuerza la figura de la "familia multiespecie" y obliga a repensar las responsabilidades legales que surgen al adoptar una mascota en conjunto.






