La causa Cautelares, uno de los expedientes judiciales de mayor impacto institucional de los últimos años en Santiago del Estero, volvió a quedar en el centro de la escena. La Cámara de Apelaciones y de Control en lo Penal rechazó los recursos interpuestos por las defensas y ratificó las condenas impuestas en el juicio oral por maniobras fraudulentas vinculadas al uso irregular de medidas judiciales.
La resolución alcanza al empresario Luis Manuel Pericás y a los exjueces Lucrecia Martínez Llanos, Ramón Tarchini Saavedra y Miguel Ángel Moreno, además del exempleado judicial Eduardo Antuz. Según la información judicial, las penas confirmadas llegan hasta los cuatro años y seis meses de prisión, junto con inhabilitaciones para ejercer cargos públicos.
El eje del expediente fue la utilización de resoluciones que permitieron ordenar embargos millonarios sobre fondos pertenecientes al Estado tucumano. Para el Ministerio Público Fiscal, la investigación que se originó en 2016 acreditó que exmagistrados santiagueños dispusieron medidas que derivaron en embargos superiores a los diez millones de pesos de forma irregular.
El recorrido judicial de una maniobra histórica
En la instancia previa, el tribunal de juicio consideró acreditada la responsabilidad penal de los acusados. Luis Manuel Pericás fue señalado como autor de defraudación calificada en perjuicio de la administración pública, mientras que los exjueces fueron vinculados a los delitos de prevaricato y defraudación calificada en carácter de partícipes necesarios.
Con la decisión de la Cámara, el proceso queda prácticamente firme en la instancia ordinaria. El fallo refuerza la gravedad del caso, que puso bajo sospecha el uso de herramientas del Poder Judicial para favorecer intereses privados y afectar recursos públicos mediante una ingeniería administrativa que eludió los controles legales vigentes.
La causa tuvo un extenso recorrido procesal desde la detención de Pericás en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en 2016. Durante casi una década, el expediente atravesó planteos de nulidad, recusaciones y apelaciones, cerrando ahora una etapa clave que marca un precedente sobre los límites del accionar de los magistrados.






