Una jueza federal de Estados Unidos declaró ilegal y anuló la suspensión de los trámites de visas de inmigrante para ciudadanos de 75 países, una política implementada en enero por el gobierno del presidente Donald Trump.
La decisión fue adoptada por la jueza Jeannette Vargas, de un tribunal de Nueva York, quien consideró que la medida era “contraria a la ley” y que “excedía la autoridad legal” del secretario de Estado estadounidense, Marco Rubio.
La restricción estaba vigente desde el 21 de enero y afectaba específicamente a las visas de inmigrante destinadas a obtener la residencia permanente en Estados Unidos. Por lo tanto, no se trataba de las visas de no inmigrante utilizadas para ingresos temporales al país.
Por qué la Justicia anuló la medida
El Departamento de Estado había argumentado que los inmigrantes provenientes de los países incluidos en la lista representaban “un alto riesgo de depender de la asistencia social o de convertirse en una carga para las finanzas públicas”.
Sin embargo, la jueza determinó que los funcionarios consulares habían recibido instrucciones para denegar visas basándose únicamente en el país de origen de los solicitantes, incluso cuando esas personas cumplían con los demás requisitos exigidos.
A partir de la resolución judicial, quedan revocadas las denegaciones de visas sustentadas exclusivamente en esa política.
De todas maneras, la disputa judicial todavía podría continuar, ya que el gobierno de Donald Trump tiene la posibilidad de apelar el fallo.
Qué países estaban alcanzados
La suspensión involucraba a 75 países de diferentes regiones del mundo.
En América Latina figuraban Brasil, Colombia, Cuba, Guatemala, Haití, Nicaragua y Uruguay. También estaban incluidos países del Caribe como Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Dominica, Granada, Jamaica, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía y San Vicente y las Granadinas.
Entre los países asiáticos alcanzados se encontraban Afganistán, Armenia, Azerbaiyán, Bangladés, Bután, Birmania, Camboya, Georgia, Irán, Irak, Jordania, Kazajistán, Kuwait, Kirguistán, Laos, Líbano, Mongolia, Nepal, Pakistán, Rusia, Siria, Tailandia, Uzbekistán y Yemen.
La lista también incluía numerosas naciones africanas, entre ellas Argelia, Camerún, Egipto, Etiopía, Ghana, Marruecos, Nigeria, Senegal, Somalia, Sudán, Túnez y Uganda, entre otras.
El fallo representa un nuevo revés judicial para la política migratoria de la administración Trump y deja sin efecto, por el momento, una restricción que afectaba los procesos para obtener la residencia permanente en Estados Unidos.






