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Seguir trabajando después de jubilarse: qué hay que tener en cuenta

La Dra. Gimena Storniolo explicó en A Primera Hora qué permite la ley, qué trámite debe hacerse ante ANSES y cuáles son los casos en los que seguir trabajando puede afectar el beneficio.

Seguir trabajando después de jubilarse: qué hay que tener en cuenta
La Dra. Gimena Storniolo explicó en A Primera Hora por LV11 las condiciones para continuar trabajando después de jubilarse y los casos que requieren especial atención.

Como todos los viernes, la Dra. Gimena Storniolo, abogada previsionalista, participó de su columna habitual sobre derechos previsionales en A Primera Hora por LV11 y respondió una de las consultas más frecuentes entre quienes están próximos a jubilarse: ¿se puede cobrar la jubilación y continuar trabajando?

La especialista explicó que, en términos generales, la legislación previsional permite que una persona jubilada continúe en actividad, aunque existen requisitos, diferencias según el régimen y casos particulares en los que puede haber incompatibilidades.

La Ley 24.241 permite que una persona que esté jubilada pueda seguir trabajando, pero cumpliendo ciertos requisitos y ciertas cuestiones”, señaló.

Uno de los primeros aspectos que debe analizarse, remarcó, es bajo qué régimen obtuvo la jubilación, ya que no todas las prestaciones tienen las mismas condiciones.

Qué trámite hay que hacer ante ANSES

Según explicó Storniolo, una persona jubilada que vuelve a trabajar bajo el régimen general debe informar esa situación ante ANSES mediante una declaración jurada.

El trámite puede realizarse sin turno, presentando el DNI y el formulario correspondiente.

Si continúa trabajando en relación de dependencia, seguirá realizando aportes previsionales sobre su salario.

Te van a descontar de tu sueldo el 11%, como si estuvieras en actividad”, explicó.

En el caso de quienes trabajan como monotributistas, deben continuar realizando el aporte previsional, aunque quedan exentos del componente correspondiente a la obra social por su condición de jubilados.

La situación cambia para quienes se desempeñan como autónomos, donde deben considerarse los componentes correspondientes según su régimen.

¿Esos aportes aumentan después la jubilación?

Una de las dudas planteadas durante la columna fue si los aportes que se siguen realizando después de jubilarse sirven para aumentar el haber.

Storniolo aclaró que, en el caso de una persona jubilada que continúa trabajando en relación de dependencia, esos nuevos aportes no generan un reajuste automático de la jubilación.

Según explicó, esos fondos tienen otro destino dentro del sistema previsional.

Por esa razón, recomendó analizar cuidadosamente si resulta conveniente jubilarse inmediatamente o continuar algunos años más en actividad, especialmente si los salarios siguen mejorando.

Si vas a seguir trabajando, hay que hacer un cálculo jubilatorio para ver cuánto va a ser tu jubilación y si te conviene”, explicó.

Además, recordó que para determinar el haber se consideran los salarios del período correspondiente, por lo que seguir trabajando con remuneraciones más altas puede incidir favorablemente si la persona todavía no inició el trámite jubilatorio.

¿Se puede seguir con el mismo empleador?

Sí. La especialista confirmó que una persona puede jubilarse y continuar trabajando con el mismo empleador.

Sin embargo, hay un dato importante respecto de la antigüedad laboral.

Al producirse la jubilación y continuar luego la relación de trabajo, se genera un corte a determinados efectos laborales. Storniolo explicó que, frente a una futura desvinculación, la antigüedad posterior comienza a computarse desde esa nueva etapa.

Es como volver a empezar de cero con tu empleador”, resumió.

Los casos donde hay que tener especial cuidado

La abogada hizo una advertencia importante: no todas las jubilaciones o prestaciones son compatibles con continuar trabajando.

Uno de los ejemplos mencionados fue el Retiro Transitorio por Invalidez.

Si una persona que recibe esa prestación comienza una actividad laboral formal o se registra como monotributista, puede producirse la suspensión del beneficio debido a la incompatibilidad con la condición que dio origen al retiro.

También mencionó situaciones particulares en el régimen docente.

Según explicó, los docentes jubilados que vuelven a figurar en actividad pueden perder temporalmente determinados componentes del haber, como la variación salarial, hasta que se regularice la situación ante ANSES.

Hay que analizar bien de qué vas a seguir trabajando después y qué tipo de jubilación tenés”, insistió.

La consulta de los oyentes: pensiones, moratorias y bonos

Durante la columna también hubo numerosas consultas de la audiencia.

Uno de los oyentes preguntó si, siendo beneficiario de una pensión por fallecimiento de su esposa y sin aportes propios, podía acceder a una jubilación.

Storniolo explicó que debe analizarse la edad, la posibilidad de ingresar en alguna moratoria vigente y los años que podrían reconocerse o comprarse según cada caso.

También respondió consultas sobre el bono para jubilados. En ese sentido, explicó que quienes perciben más de un beneficio pueden no cobrar el refuerzo completo si la suma de sus ingresos supera los límites establecidos.

Además, recordó que las mujeres pueden sumar años mediante el reconocimiento de aportes por tareas de cuidado, dependiendo de la cantidad de hijos y otras condiciones previstas.

¿Conviene jubilarse si se piensa seguir trabajando?

La respuesta, según la especialista, depende de cada situación.

Antes de tomar la decisión recomendó realizar una planificación previsional, evaluar el monto probable de la jubilación, el salario actual, los años aportados y cuánto tiempo más se pretende permanecer en actividad.

Si vos querés decir ‘voy a seguir trabajando’, quizá no te conviene jubilarte todavía. Salvo que digas: me jubilo, trabajo un añito y me voy”, explicó.

También recordó que, en términos laborales, es posible continuar trabajando hasta los 70 años, tanto para hombres como para mujeres, de acuerdo con las condiciones previstas en la legislación.

El mensaje central de la columna fue claro: jubilarse y seguir trabajando es posible en muchos casos, pero antes hay que revisar el régimen, las compatibilidades y el impacto que puede tener la decisión sobre el beneficio.

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