La situación procesal de Morena Rial sumó una nueva resolución adversa en los tribunales bonaerenses. A pocos días de haberse dictado su condena a tres años de prisión de cumplimiento efectivo por su coautoría penal en robos calificados bajo la modalidad de "escruche" en el conurbano, la Justicia de Garantías resolvió rechazar el pedido de libertad condicional interpuesto por su equipo de abogados defensores, manteniendo restrictivas sus condiciones actuales de detención.
La presentación técnica había sido formulada luego de que la jueza María Coelho homologara un acuerdo de juicio abreviado en el que la imputada aceptó su responsabilidad en los asaltos perpetrados en fincas de las localidades de Villa Adelina y Castelar. El cuerpo de defensores de la joven argumentaba que reunía los requisitos temporales exigidos por el Código Penal para acceder al beneficio ambulatorio, fundamentado en un cómputo de privación de la libertad que ya superaba los ocho meses cronológicos; sin embargo, los magistrados desestimaron la solicitud.
La confirmación del fallo judicial fue ratificada públicamente por su abogado y allegado personal, Alejandro Cipolla, quien manifestó su abierto disconformidad con el criterio técnico adoptado por el tribunal. El letrado recurrió a sus plataformas digitales para cuestionar la severidad punitiva del expediente y deslizó suspicacias respecto de la imparcialidad del proceso, sugiriendo de forma mediática que el caso de Rial podría ser utilizado como un atenuante de distracción pública frente a las dilaciones de la causa por el fallecimiento de Diego Maradona.
Los delitos imputados y las restricciones vigentes
Los hechos delictivos por los cuales se penalizó a la mujer de 27 años se encuentran asentados en las actas de instrucción policial. El legajo principal detalla una secuencia criminal ocurrida el 18 de enero de 2025 en Villa Adelina, partido de San Isidro, oportunidad en la que Morena Rial cumplió funciones logísticas de conducción del vehículo automotor utilizado por la banda civil, mientras los restantes integrantes forzaban los accesos de las viviendas para sustraer pertenencias de valor. Las maniobras operativas quedaron registradas en las filmaciones de los sistemas de videovigilancia municipales y vecinales.
De esta manera, la resolución ratifica que la condenada deberá continuar alojada en su vivienda bajo el régimen de arresto domiciliario, supeditada a un control permanente de geolocalización mediante dispositivos de tobillera electrónica. Asimismo, las autoridades del tribunal de ejecución penal mantuvieron la vigencia de las reglas de conducta especiales impuestas a la mediática, entre las que sobresale la prohibición estricta de utilizar y realizar publicaciones en cuentas de redes sociales mientras se complete la totalidad de la pena.






